Procedures

     SOLICITUD DE SUBVENCIÓN   
Para solicitar una cofinanciación FEDER en el marco del POCTEP, los promotores de proyectos deben presentar su candidatura durante los periodos establecidos en las convocatorias públicas de proyectos.

Siempre que hay una nueva convocatoria abierta, se publicará en esta página web - apartado "Convocatorias".

Convocatorias POCTEP
 
     MONTAJE DE PROYECTOS Y BÚSQUEDA DE SOCIOS   
BOLSA DE PROYECTOS
Para facilitar la búsqueda de socios de proyectos se creó una plataforma on-line, en esta página web, apartado "Convocatorias", que es la "Bolsa de Proyectos". Aqui, podrán registrar on-line
una propuesta/idea de proyecto, completando el formulario disponible al efecto, on-line. Además, también podrán realizar búsquedas de las propuestas de proyecto publicadas, a partir de varios criterios: áreas de cooperación, temática y tipo de apoyo solicitado.
 
Bolsa de Proyectos on-line
 
COORDINACIONES REGIONALES/NACIONALES
Para solicitar apoyo en el montaje de una candidatura y en la búsqueda de socios, los promotores de proyectos podrán contactar directamente con las respectivas Coordinaciones Regionales/Nacionales de su territorio, cuyos contactos se encuentran disponibles en esta página web (apartado "Contactos"). Igualmente, podrán también ponerse en contacto directamente con el STC.
Contactos Coordinadores en España
 
     PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS   

Los proyectos se presentarán por el Beneficiario Principal en su lengua, en la sede del Secretariado Técnico Conjunto (STC) del Programa, situada en:

Calle Luis Álvarez Lencero 3, Planta 3ª, oficina 13
06011 BADAJOZ (España)
Correo electrónico: stc@poctep.es

Las solicitudes incluirán un único ejemplar de los siguientes documentos, debidamente cumplimentados, según el modelo normalizado, que constituirán la candidatura completa:

1. Oficio
2. Formulario de candidatura
3. Formulario financiero
4. Formulario de datos de contacto
5. Acuerdo entre Beneficiarios
6. Cartas de compromiso

Las solicitudes se enviarán obligatoriamente en soporte informático, a través del correo electrónico, y también en soporte papel, siguiendo las indicaciones establecidas en la Guía de Preparación de Candidaturas para la presentación de candidaturas.

Todos los documentos necesarios para presentar una candidatura (“kit” de candidatura) están disponibles en el apartado "Convocatorias".

Documentos Tercera Convocatoria

     TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES   

Los proyectos presentados serán sometidos a una verificación preliminar del cumplimiento de los requisitos formales necesarios para la recepción y evaluación del proyecto (condiciones de admisibilidad).

En el supuesto de que la solicitud no reúna los requisitos de admisión exigidos se requerirá al Beneficiario Principal para que, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá desistido de su petición, siéndole notificada la decisión del Comité de Gestión por la Autoridad de Gestión.

La valoración y selección de los proyectos se llevará a cabo por el STC, los Coordinadores Nacionales/Regionales, los Comités de Área Territorial y el Comité de Gestión según el procedimiento previsto en el Programa. Se valorarán en función del grado de cumplimiento de los criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento, con una atención especial al impacto del proyecto en la zona fronteriza.

Una vez finalizado el proceso de selección, la Autoridad de Gestión del Programa, notificará por escrito a los Beneficiarios Principales de las candidaturas presentadas, la decisión del Comité de Gestión, siendo ésta motivada.

Procedimiento para la instrucción y selección de candidaturas

     FIRMA DEL ACUERDO AG/BP   

La firma del Acuerdo entre Autoridad de Gestión y Beneficiario Principal determina la aprobación formal del proyecto. Este documento recoge las reglas específicas por las que se regirá el proyecto durante su ejecución.

 
Modelo de Acuerdo AG-BP

     INSTRUCCIONES   

Todo proyecto aprobado podrá recibir un anticipo de hasta el 7,5% de la ayuda FEDER concedida. Así, cada beneficiario que lo desee, a través del beneficiario principal del proyecto, puede solicitar -en concepto de anticipo- como máximo, el 7,5% de su ayuda FEDER aprobada.

Para que se transfiera dicho anticipo, es necesario que:

1) Cada beneficiario del proyecto cumplimente, firme y remita al Beneficiario Principal el modelo “Solicitud de Anticipo del Beneficiario”. Es obligatoria la presentación de una solicitud por beneficiario, aunque no solicite anticipo.

2) El beneficiario principal cumplimente, firme y remita al STC el “Oficio de Solicitud de Anticipo del Proyecto”, junto con las solicitudes de todos los beneficiarios. En el caso de que algún beneficiario no desee recibir anticipo, deberá incluirse igualmente en la tabla con un FEDER solicitado igual a 0,00€.

3) Es imprescindible la remisión al STC de los datos bancarios de todos los beneficiarios del proyecto, de cuerdo con el modelo establecido denominado “Datos bancarios”.

Una vez verificada la conformidad de la solicitud de anticipo por parte del Secretariado Técnico Conjunto, éste la tramitará ante la Autoridad de Gestión, para que sea la Autoridad de Certificación quien realice la transferencia correspondiente.

La solicitud y concesión del anticipo implica el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

1. Debe presentarse en el plazo de 30 días naturales después de la firma del “Acuerdo Autoridad de Gestión-Beneficiario Principal”, contado a partir de la recepción por parte del Beneficiario Principal del documento firmado.

2. En el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de firma del “Acuerdo entre la Autoridad de Gestión y el Beneficiario Principal”, cada beneficiario que haya recibido anticipo debe justificar, al menos, el 7,5% de su presupuesto.

La transferencia del anticipo por parte de la Autoridad de Certificación dependerá de las disponibilidades de tesorería de la cuenta del Programa. El anticipo se compensa con certificaciones de gasto al final de los pagos intermedios, es decir, cuando el porcentaje de cada beneficiario alcance el 87,5% de ejecución.

 

Modelos de solicitud de ANTICIPO (2ª Convocatoria)

     CAMBIOS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO   

Los cambios de carácter administrativo, relativos a datos de contacto de los beneficiarios, cambio de representante de alguno de ellos o datos bancarios, no tendrán carácter de modificación no sustancial, siendo suficiente la comunicación al STC, de acuerdo con el anexo 6.5.9.

Modelo de comunicación de cambio de datos administrativos (Anexo 6.5.9 del Manual de Gestión)

Manual de Gestión de Proyectos (versión 5 - 08/10/2015)

 

     MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES   
¿Cuáles son?
  • alteraciones en el calendario de ejecución que no modifiquen las fechas de inicio y conclusión aprobadas;
  •  modificación, al nivel de cada beneficiario, del presupuesto entre las distintas tipologías de gasto, siempre y cuando no supere el 20% del coste total aprobado en el proyecto;
  • modificación, al nivel de cada beneficiario, del presupuesto entre las distintas actividades, siempre y cuando no suponga una modificación del contenido de las mismas y no supere el 20% del coste total aprobado en el proyecto;
  • modificación, a nivel de cada beneficiario, del presupuesto entre las distintas anualidades, siempre y cuando no supere el 20% de su coste total aprobado.
Procedimiento
¿Quién? El Beneficiario Principal lo comunica al STC

¿Cuándo? En el momento que se produzcan

¿Cómo? Utilizando el modelo disponible, junto con la documentación que se considere necesaria para su justificación
 

Modelo de solicitud de modificación no sustancial (Anexo 6.5.10 del Manual de Gestión)

Manual de Gestión de Proyectos (versión 5 - 08/10/2015)

 

     MODIFICACIONES SUSTANCIALES   

La ejecución de un proyecto debe respetar integralmente las características con las que fue aprobado.
Con todo, de manera excepcional, limitada y debidamente justificada, podrían solicitarse modificaciones consideradas sustanciales, que tendrán que ser analizadas y aprobadas por los Comités Territoriales.

¿Cuáles son?
  • incorporación de un nuevo beneficiario;
  • baja de un beneficiario;
  • ampliación del plazo de ejecución;
  • modificación, al nivel de cada beneficiario, del presupuesto entre las distintas tipologías de gasto y actividades, que supere el 20% del coste total aprobado en el proyecto.

En general, cualquier aspecto que suponga alteración en el Acuerdo entre la AG y el BP.

Procedimiento
¿Quién? El Beneficiario Principal solicita a la AG a través del STC

¿Cuándo? Antes de la aplicación efectiva de la modificación

¿Cómo? Utilizando el modelo disponible, con la aprobación de todos los socios, junto con la documentación que se considere necesaria para su justificación

Modelo de solicitud de modificación sustancial (Anexo 6.5.11 del Manual de Gestión)
Manual de Gestión de Proyectos (versión 5 - 08/10/2015)

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